Agro Premiun S.R.L.

NOTICIAS AGROPECUARIAS

Sábado, 16 Mayo 2020 14:56

Establecen una fuerte restricción para que empresas del agro puedan tomar los créditos al 24%

través de la Comunicación “A” 7018, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso este viernes una fuerte restricción para que las empresas agrícolas puedan acceder a los créditos a tasa subsidiada con tasas del 24 por ciento. En concreto, que para poder aspirar a obtener un empréstito de este tipo, las pymes deben vender casi la totalidad de su cosecha de trigo y/o soja, y no mantener granos almacenados en acopios o silos bolsa.

Y en el caso de las compañías grandes, las que no hayan comercializado el 95 por ciento de su cosecha, se les incrementará la exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito de toda financiación.

Pymes

A partir del próximo lunes 18 de mayo, “las entidades financieras no podrán otorgar las financiaciones previstas en el punto 1.5.5. de las normas sobre ‘efectivo mínimo’ ni en la Comunicación A 7006 a personas –humanas o jurídicas– con actividad agrícola que mantengan un acopio de su producción de trigo y/o soja por un valor superior al cinco por ciento de su capacidad de cosecha anual”, señala la disposición del BCRA.

Según el sitio Valor Soja, especializado en temas tributarios relacionados al campo, la norma está redactada de manera incorrecta porque el concepto de acopio sólo puede estar referido al grano físico efectivamente cosechado y no a la “capacidad de cosecha”.

Por otra parte, la recolección de soja 2019/20 aún no finalizó en la Argentina, por lo que es imposible que muchas empresas puedan cumplir con la obligación de haber vendido el 95 por ciento de sus granos.

En tanto, no menciona qué pasa con la recolección de maíz, aunque en ese caso sí la cuestión podría estar relacionada a que aún falta de levantarse más de la mitad de la superficie sembrada a nivel nacional.

Capital de riesgo

En tanto, esta nueva comunicación del Banco Central también especifica que, a partir del próximo lunes, para determinar la exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito de toda financiación que se acuerde para empresas agrícolas que no sean Mipyme ni hayan vendido al menos un 95 por ciento de su “capacidad de cosecha” de trigo y/o soja, “las entidades financieras deberán multiplicar por cuatro el capital mínimo requerido”.

Según la normativa vigente, las pymes agropecuarias son aquellas que registran una facturación anual de hasta 547,8 millones de pesos.

La Voz del Interior